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Transparencia
Unidad de Cumplimiento Normativo, Canal de Denuncias

 

La Comisión de Unidad de Cumplimiento Normativo de los Hermanos Franciscanos de Cruz Blanca (con sus Casas Familiares) y de la Fundación Cruz Blanca (en adelante Familia Cruz Blanca o Cruz Blanca) es un órgano colegiado de carácter autónomo, que actuará en el marco del Plan de Prevención de Riesgos Penales (Compliance programme) de Cruz Blanca con independencia funcional respecto de otros órganos y direcciones de las dos entidades.

Esta Comisión se regirá por lo establecido en el Plan de Prevención de Riesgos Penales, y los acuerdos adoptados por el Consejo General y Patronato de las dos entidades, en relación con el Plan de Prevención de Riesgos Penales de la Familia Cruz Blanca, así como por el Reglamento de la Unidad de Cumplimiento Normativo.

La Comisión depende jerárquica y funcionalmente del Consejo General de la Congregación y con carácter general, tiene la competencia principal de velar por la aplicación, desarrollo y revisión del Plan de Prevención de Riesgos Penales. El Consejo General de la Congregación es el órgano directivo de referencia y será el encargado de dirigir este comité o comisión, y de nombrar o separar a sus miembros.
En todo caso, la Comisión de la Unidad de Cumplimiento ejercerá directamente las competencias relativas a la valoración del funcionamiento del Plan de Prevención de Riesgos Penales en su conjunto, de la gestión del Canal de denuncias y de sus investigaciones internas (a través del ombudsman), así como de la aprobación y actualización del Mapa de Riesgos Penales y las medidas asociadas al mismo.
Así pues, esta Comisión tiene como misión principal velar por el cumplimiento de las normas de índole penal (norma externa), así como por la observancia de las reglas de nuestro Código Ético (norma interna), evitando los riesgos de infracciones en ambos ámbitos mediante el establecimiento de un Plan de Prevención, tal y como hemos comentado.

 

Canal de denuncias Cruz Blanca

Según queda detallado en el Código ético de Cruz Blanca en el apartado sexto:

VI.2. Canal de Denuncias

Cruz Blanca pone a disposición de sus trabajadores y trabajadoras y equipos directivos un Canal Ético o de Denuncias que ha de funcionar como un buzón confidencial y directo a través del que se pueda comunicar cualquier irregularidad que tenga sombra de ilícito o ilegalidad. También se podrán realizar consultas sobre la aplicación o interpretación de este Código o sobre el sistema de Cumplimiento Normativo.

Será la Comisión de Cumplimiento Normativo la que gestione este Canal de Denuncias, junto con la figura del “ombudsman”. Las denuncias se dirigirán por correo electrónico a esta figura del “ombudsman” quién, con estricto cumplimiento de los principios de confidencialidad y privacidad, será el encargado de tramitarlas y presentarlas a la Comisión con el correspondiente informe o ponencia para resolver lo que proceda.

Las denuncias que realicen las personas empleadas deberán respetar el principio de veracidad y honestidad, quedando prohibidas las comunicaciones que puedan perseguir finalidades distintas a las previstas en el Código Ético. Se guardará el anonimato, en todo caso, del denunciante.

No podrá utilizarse este canal para realizar denuncias de tipo laboral que afecten al trabajador/a en su relación con la propia Congregación o Fundación. Estas incidencias deberán seguir su curso legal habitual como hasta ahora.

La Comisión de la Unidad de Cumplimiento será la encargada de establecer el procedimiento concreto de denuncia o consulta, y tendrá la obligación de comunicar, dicho procedimiento, a toda la organización Cruz Blanca.

 

Mail: canaldenuncias@cruzblanca.org

Teléfono de contacto: 938853830